Las consultas más frecuentes que nos llegan
El beneficio principal es formar parte de un grupo activo de personas que trabajamos para promover la movilidad eléctrica. Además, hay algunos beneficios como: inducciones gratis sobre el mantenimientos de los vehículos, participar en un chat privado de usuarios, participar en chats para dueños de modelos específicos donde se comparte información, recibir invitaciones a diferentes actividades, recibir descuentos con empresas para la compra de cargadores, mantenimiento, hospedaje y tours en hoteles, entre otros beneficios.
Esta información se actualiza en la página de ASOMOVE todos los meses, con datos oficiales del Ministerio de Ambiente y Energía y del registro Nacional. Puede consultar los datos en asomove.org/indicadores
Los incentivos a los vehículos eléctricos (nuevos y usados hasta 5 años de antigüedad) son:
Se cargan en casa, puede cargar en tomas de 120 voltios o de 240 voltios. Para cargar en 240 voltios es necesario un cargador fijo o portátil tipo L2, este puede venir con el vehículo o comprarse por separado. Para la instalación se requiere un breaker doble de 240 V y 40 Amperios y un cable calibre #8 o #10 AWG y un enchufe para nema 10-50. Antes de instalar la estación de carga, hay que asegurarse de tener una instalación eléctrica óptima. Para eso recomendamos buscar la asesoría de un electricista calificado para evitar cualquier tipo de accidente o problema. También podemos cargar carros en estaciones de carga rápida, las cuales han sido instaladas por las empresas de electricidad y que puede ver en el mapa de ASOMOVE mapa.asomove.org
Según el modelo y marca del vehículo cuenta con 2 puertos de carga, uno de carga rápida y otro de carga lenta.
La anotación "DEBE DERECHOS DE REGISTRO" es generada por el Ministerio de Hacienda y el Registro de la Propiedad para identificar los vehículos que han sido beneficiarios de una exención fiscal. No significa que debe impuestos, significa que fue exonerado.
TRASPASO DE VEHÍCULO
Si usted desea traspasar su vehículo y observa esta anotación indíquele a su abogado que aclare en la escritura de traspaso que su vehículo es eléctrico y por esa razón aparece la anotación en el registro. Esto le hará saber a los registradores encargados de revisar la escritura que están frente a un vehículo eléctrico exonerado según la ley 9518.
SALIDA TEMPORAL DEL VEHÍCULO
En caso de salida temporal del país se recomienda indicar al registrador que el vehículo ha sido beneficiario de exenciones fiscales según la ley 9518 y por esa razón aparece la anotación. En este caso el registrador verificará esta información para dar visto bueno. Además, se deberán cumplir todos los requisitos para el permiso de salida temporal. En el caso de que la salida de su vehículo eléctrico fuera de forma definitiva sí deberá pagar el monto de las exenciones fiscales recibidas.
Fuente: Ministerio de Hacienda
Aplican los mismos incentivos de los vehículos eléctricos (nuevos y usados hasta 5 años de antigüedad):